Resolución NAC-DGERCGC26-00000016: SRI establece declaración y pago conjunto de IVA desde junio 2026
El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución NAC-DGERCGC26-00000016 de fecha 15 de abril de 2026, firmada por la Directora General Alexandra Verónica Navarrete Ricaurte, ha reformado las normas para la declaración y pago de obligaciones tributarias a través de internet establecidas en la Resolución 1065 de 2002.

📌 ¿Qué cambia con esta resolución?
A partir de junio de 2026, todos los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán presentar sus declaraciones con el pago conjunto de manera obligatoria a través de internet, eliminando la posibilidad de declarar sin pagar.
Objetivo de la Reforma
Según los considerandos de la resolución, el SRI busca:
⚠️ EXCEPCIONES IMPORTANTES
No están obligados al pago conjunto inmediato los siguientes contribuyentes:
Contribuyentes Exceptuados:
Requisito: Deben estar registrados en el Catastro de Exportadores y Proveedores de Exportadores del Sistema de Devolución IVA (SDII) con la marca de “ACTIVO”.
📚 Marco Normativo Relacionado
Esta resolución se enmarca en un proceso de modernización tributaria que incluye:
Normativa Antecedente:
Base Legal:
🔧 Aspectos Técnicos a Implementar
Disposición Transitoria Segunda:
La reforma se incorpora a continuación de la disposición transitoria Primera de la Resolución 1065, estableciendo:
Lo señalado en el artículo 9, respecto del impuesto al valor agregado, será aplicable para todos los contribuyentes cuyas declaraciones sean presentadas a partir de junio de 2026…
Entrada en Vigencia:
Conforme a la Disposición Final, la resolución entró en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial, siendo aplicable para las declaraciones de IVA desde junio de 2026.
💼 Impacto en las Empresas
Consecuencias Prácticas:
Plazos de Presentación
De acuerdo con el artículo 67 de la Ley de Régimen Tributario Interno:
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❓ Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si soy exportador pero no estoy en el SDII?
Deberá cumplir con la declaración y pago conjunto. La excepción solo aplica para quienes estén registrados en el Sistema SDII con marca “ACTIVO”.
¿Desde qué declaración aplica el cambio?
Aplica para las declaraciones de IVA que se presenten a partir de junio de 2026 (correspondientes al mes de mayo 2026).
¿Esta reforma aplica para otros impuestos?
Esta resolución específica se refiere al IVA. Sin embargo, el SRI ya implementó medidas similares para retenciones mediante resoluciones previas en 2025.
📋 Referencias Normativas:
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